¡Es el momento de liquidar tus cesantías con miplanilla.com!
Las cesantías son una prestación social de ley que el empleador debe pagar anualmente antes del 14 de febrero al fondo de cesantías al cual su trabajador se encuentre afiliado.
Empleados mediante un contrato de trabajo.
Que laboren por su cuenta y no cuenten con vinculo laboral o con empleados a su cargo (Incluyendo personal del servicio doméstico).
Se liquidan de forma anual del 1 de enero al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Entonces...
Si ya liquidaste y conoces el valor a pagar ¡Lo que sigue, es muy fácil!
Sabemos que el pago de cesantías a última hora no es la mejor experiencia. Por eso, te recomendamos que provisiones mensual o quincenalmente un 8,33% para las cesantías de tus trabajadores. De esta manera, será más simple cuando tengas que realizar el pago de tus cesantías.
Divide 1 salario mensual entre los 12 meses del año (1salario/12meses)
Esta es una decisión importante, sobre todo cuando se trata de un dinero que se convierte en ahorro para tus trabajadores. Explícales la importancia de escoger su fondo de cesantías y cómo administrar este recurso. De esta manera, le proporcionas tranquilidad.
Ayúdales a alcanzar sus objetivos eligiendo alguno de los 5 fondos actuales:
Son un valor que la empresa reconoce a sus trabajadores sobre la prestación social de las cesantías, equivalentes a un 12% anual sobre los saldos al 31 de diciembre de cada año.
Estos intereses deben abonarse directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero de cada año.
Según el Artículo 99 de la Ley 50 de 1990, cuando un empleador no consigna las cesantías en el plazo establecido por la normativa, el valor de la sanción se pagará directamente al trabajador ya que este no se debe consignar el fondo de cesantías
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